LEY
ATENCIÓN SANITARIA, 16 MARZO 2015
La carta Europea de los
Derechos del niño señala que: “La escolarización de un niño no podrá verse
afectada o interrumpida por razones de enfermedad no infecciosa o contagiosa
para los otros niños”
La
Ley de la Infancia y la adolescencia establece que las
administraciones públicas establecerán las medidas necesarias para facilitar a
los menores su completa realización personal y su integración.
1. PRINCIPIOS
GENERALES
1.1 Los centros deben
elaborar procedimientos para la conservación, el almacenamiento y eliminación
de los medicamentos.
1.2 Siempre que sea posible
se administrarán los medicamentos fuera del horario escolar.
1.3 La obligación de los
docentes y de cualquier otro profesional del centro es prestar los primeros
auxilios que no requieren de una formación específica.
1.4 Si el personal del
centro tiene dudas no deberá administrar medicamentos, excepto si es una
emergencia. Ante la duda dirigirse al director del centro, padres o médico.
2. BOTIQUIN
Debe guardarse en una zona
accesible y debe estar identificado con un anagrama de socorro. Situarlo,
preferiblemente, en la dependencia donde vaya a ser utilizado para los primeros
auxilios. Fácil transporte.
Junto a el colocar los
teléfonos de emergencia (anexo XII)
Es conveniente disponer de
acceso informático a una guía de atención a emergencias sanitarias en los
centros educativos (en la web de educaragon)
Los centros que disponen de
personal capacitado para los primeros auxilios (maestros de EF capacitados)
podrán tener un armario de botiquín, más amplio (anexo II)
El equipo docente del centro
coordinará la revisión y reposición periódica del botiquín.
3.
ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS Y OTROS CUIDADOS
En el centro es posible
administrar medicamentos bajo la indicación escrita de un profesional
capacitado y titulado en enfermedades crónicas o de larga duración.
En enfermedades cortas, el
profesional sanitario valorará la posibilidad de que el alumno permanezca
alejado del colegio durante el periodo de infección.
Es importante compartir la
administración de medicamentos entre dos personas, uno realiza el procedimiento
y el otro confirma que el medicamento y la dosis son correctos, en Infantil y
Primaria, uno de ellos dos, debería ser el tutor.
Si los padres no trabajan, se harían cargo ellos. En este caso el director
sólo organizaría el procedimiento.
3.1.
PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y CONSENTIMIENTO (Anexo III)
Cuando el médico considera
necesario dar atención médica durante el horario escolar, y considera que puede
hacerlo un profesional sin titulación sanitaria, deberá expedir una prescripción
médica específica para ello, la cual debe incluir lo siguiente:
-
medicamentos y dosis
-
indicaciones sobre el momento de la
administración, duración, conservación y custodia del medicamento
-
médico que prescribe el tratamiento y
teléfono de contacto
-
indicaciones sobre posibles efectos
secundarios.
Es necesario acompañar esta
prescripción con una solicitud formal y consentimiento por parte de los
padres/tutores, dicho consentimiento debe contemplar:
La persona que da el
consentimiento, su domicilio y teléfono, su parentesco con el menor y el
consentimiento o revocación. (ANEXO III y ANEXO IV).
3.2. SOLICITUD Y
AUTORIZACIÓN DE LA
PRESTACIÓN
Previo a la solicitud
formal, los padres/tutores habrán informado a la Dirección del centro de
las necesidades del alumno y la
Dirección informará del procedimiento.
Para atender la demanda, los
padres presentarán la solicitud formal (anexo V), la prescripción médica y el
consentimiento.
En dicha solicitud formal se
expresa que se ha recibido del centro la información sobre el procedimiento a
seguir, señala su conformidad y se compromete a proporcionar la medicación que
ha establecido el médico y a revisar fechas de caducidad.
Si el director considera que
puede llevarse a cabo, dará su autorización y aceptación y se lo comunicará al interesado
(Anexo VI). Si considera que no es posible, elevará la solicitud al Servicio
Provincial.
A todo el personal docente
se le considera implícita la capacidad de administrar los medicamentos o
cuidados que el médico establezca. Si algún docente se muestra reticente, debe
manifestárselo al director, el cual puede requerir de los servicios sanitarios.
3.3. ORGANIZACIÓN DE LA ADMINSITRACIÓN DE
MEDICAMENTOS.
El director organizará la
administración de medicamentos en colaboración de todos los profesionales del
centro.
De cada alumno habrá una
ficha individual para la administración de cada medicamento (si hay 2
medicamentos, 2 fichas) (Anexo VIII)
donde se recoge: información del alumno, del medicamento, administración,
familia del alumno y médico de referencia
El centro dispondrá de un
libro de registro (Anexo VII) de los alumnos que requieren medicación o
cuidados sanitarios. Dicho libro puede
ser informatizado y con datos históricos y permitirá conocer los alumnos
actuales necesitados de atención.
En el horario de extraescolares
se encargará un profesional del servicio de
extraescolares apoyado por otro, para evitar errores.
En el centro existirá el
Plan de administración de medicamentos y otros cuidados, incluido en el
Reglamento de Régimen Interior.
4. ATENCIÓN DE
ALUMNOS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA PREVISIBLE
Una emergencia sanitaria
previsible es una situación de salud repentina que conlleva un alto riesgo para
la vida. Es previsible que se produzca, pero no sabemos ni cuándo ni dónde.
Las más comunes son: ataque
asmático, reacción alérgica grave, hipoglucemia, convulsiones.
Los padres informarán al
director al inicio del curso la posibilidad de que se produzca alguna de ellas,
la dirección tendrá una reunión con el interesado para recoger información y documentación.
El centro organizará un
equipo capacitado para atender las urgencias, en caso contrario se coordinará
con el médico.
El centro dispondrá de
fichas de registro donde se reflejará la prescripción médica, una copia para
cada profesional que vaya a estar con el alumno.
Los padres podrán solicitar
al médico la ficha de referencia para ser entregada al centro escolar.
5. ATENCIÓN DE
EMERGENCIAS O URGENCIAS NO PREVISTAS. PRIMEROS AUXILIOS.
5.1. EMERGENCIAS MÁS
FRECUENTES:
Pérdida de conocimiento,
heridas y hemorragias, dificultad respiratoria, dolor intenso en el pecho,
convulsiones, electrocución, quemaduras, asfixia por inmersión, ahogamiento o atragantamiento,
caídas, accidentes de tráfico, intoxicaciones.
Ante una emergencia hay una
obligación de socorro y los docentes están obligados a intervenir, o pedir
ayuda.
Ante una emergencia
individual hay que atender de inmediato, contactar con servicios de emergencia,
proporcionarles los datos necesarios y seguir sus indicaciones.
Si es emergencia colectiva
directamente llamar a servicios de emergencia. Es conveniente establecer un
plan de intervención delimitando a los responsables, por ejemplo, los
simulacros de incendio.
En los casos de emergencia
en el que se pueda mover el alumno, se valorara si se puede esperar a los
servicios de emergencia o llevarlo al centro de salud más cercano.
5.2. URGENCIAS
A diferencia de las
emergencias, la urgencia no entraña riesgo para la vida pero requiere una
atención rápida y atención médica entre 1 y 3 horas.
Urgencias mas frecuentes:
pequeños cortes y heridas, magulladuras, esguinces, fracturas, picaduras y
mordeduras, trastorno gastrointestinal, dolor de cabeza, intoxicaciones
A principio de curso se
informará a los profesionales del centro sobre la ubicación del botiquín y la
guía de primeros auxilios.
Ante una urgencia el docente
que esté presente se hará cargo de la primera atención y primera cura, ante
cualquier duda llamar al médico.
6.
ALERTAS EPIDEMIOLÓGICAS SANITARIAS.
Se considera brote o
situación epidémica al incremento de casos en relación a los valores esperados.
Si se produce esta situación
en algún centro, los directores tienen la obligación de notificar, ante la sola
sospecha y urgentemente a la Subdirección
Provincial de Salud Pública en horario laboral o al sistema de Atención de Alertas en Salud
Publica mediante el 112. Los centros prestarán colaboración en las medidas de
investigación.
7.
FORMACIÓN Y SIMULACROS.
La formación es un derecho y
un deber de los docentes. Sería conveniente programar cada año alguna sesión de
formación incluyendo simulacro de atención de urgencia o emergencia según el
Reglamento de Régimen Interior.
ANEXO
I CONTENIDO DE UN BOTIQUÍN BÁSICO
Utensilios:
Tijeras y pinzas de acero inoxidable
Termómetro digital
Guantes quirúrgicos desechables
Bolsa de hielo
Material
fungible:
Apósitos adhesivos
Parches y tiritas, algodón
Esparadrapo ancho de tela
Suero fisiológico (100 ml) y ampollas de
suero
Desinfectante en spray
Vendas, gasas estériles
Agua oxigenada
Tabletas de glucosa
Tiras adhesivas de para aproximar pequeñas
heridas
Toallas antisépticas para limpiar y
desinfectar
ANEXO
II CONTENIDO DE UN BOTIQUÍN AMPLIADO
Utensilios:
Tensiómetro
electrónico
Bolsas
de frío y calor instantáneo
Manta
térmica
Cánula
de Guedel de diferentes tamaños, Nº 3 entre 2 y 5 años, Nº 4 de 5 a 8 años Nº5 a partir de 8-9
años.
Material
fungible:
Venda
elástica
Venda
adhesiva
Apósitos
con pomada para quemaduras
Medicación:
Analgésico
general (paracetamol)
Corticoide
inyectable
Analgésico
inyectable
Antiinflamatorio
tópico
Antitérmico
(paracetamol o ibuprofeno)
Jeringas
estériles de 1 y 5 cc.
Gel
para quemaduras
Suero
fisiológico
Adrenalina
precargada (uso exclusivo personal sanitario o por prescripción del médico de
urgencias)
Glucagon
ANEXO XII
TELÉFONOS DE
EMERGENCIA
Este
anexo es un listado de los siguientes teléfonos:
Emergencias
en general (112), salud Aragón (061), emergencias toxicológicas, bomberos,
centro de salud, otros teléfonos.
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