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miércoles, 11 de mayo de 2016

PLAN DE ATENCIÓN SANITARIA EN EL CENTRO




LEY ATENCIÓN SANITARIA, 16 MARZO 2015

La carta Europea de los Derechos del niño señala que: “La escolarización de un niño no podrá verse afectada o interrumpida por razones de enfermedad no infecciosa o contagiosa para los otros niños”
La Ley de la Infancia y la adolescencia establece que las administraciones públicas establecerán las medidas necesarias para facilitar a los menores su completa realización personal y su integración.    

1. PRINCIPIOS GENERALES
1.1 Los centros deben elaborar procedimientos para la conservación, el almacenamiento y eliminación de los medicamentos.
1.2 Siempre que sea posible se administrarán los medicamentos fuera del horario escolar.
1.3 La obligación de los docentes y de cualquier otro profesional del centro es prestar los primeros auxilios que no requieren de una formación específica.
1.4 Si el personal del centro tiene dudas no deberá administrar medicamentos, excepto si es una emergencia. Ante la duda dirigirse al director del centro, padres o médico.

2. BOTIQUIN
Debe guardarse en una zona accesible y debe estar identificado con un anagrama de socorro. Situarlo, preferiblemente, en la dependencia donde vaya a ser utilizado para los primeros auxilios. Fácil transporte.
Junto a el colocar los teléfonos de emergencia (anexo XII)
Es conveniente disponer de acceso informático a una guía de atención a emergencias sanitarias en los centros educativos (en la web de educaragon)
Los centros que disponen de personal capacitado para los primeros auxilios (maestros de EF capacitados) podrán tener un armario de botiquín, más amplio (anexo II)
El equipo docente del centro coordinará la revisión y reposición periódica del botiquín.

3. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS Y OTROS CUIDADOS
En el centro es posible administrar medicamentos bajo la indicación escrita de un profesional capacitado y titulado en enfermedades crónicas o de larga duración.

En enfermedades cortas, el profesional sanitario valorará la posibilidad de que el alumno permanezca alejado del colegio durante el periodo de infección.
Es importante compartir la administración de medicamentos entre dos personas, uno realiza el procedimiento y el otro confirma que el medicamento y la dosis son correctos, en Infantil y Primaria, uno de ellos dos, debería ser el tutor. 
Si los padres no trabajan, se harían cargo ellos. En este caso el director sólo organizaría el procedimiento.

3.1. PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y CONSENTIMIENTO (Anexo III)

Cuando el médico considera necesario dar atención médica durante el horario escolar, y considera que puede hacerlo un profesional sin titulación sanitaria, deberá expedir una prescripción médica específica para ello, la cual debe incluir lo siguiente:
-          medicamentos y dosis
-          indicaciones sobre el momento de la administración, duración, conservación y custodia del medicamento
-          médico que prescribe el tratamiento y teléfono de contacto
-          indicaciones sobre posibles efectos secundarios.
Es necesario acompañar esta prescripción con una solicitud formal y consentimiento por parte de los padres/tutores, dicho consentimiento debe contemplar:
La persona que da el consentimiento, su domicilio y teléfono, su parentesco con el menor y el consentimiento o revocación. (ANEXO III y ANEXO IV).
 
3.2. SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN

Previo a la solicitud formal, los padres/tutores habrán informado a la Dirección del centro de las necesidades del alumno y la Dirección informará del procedimiento.
Para atender la demanda, los padres presentarán la solicitud formal (anexo V), la prescripción médica y el consentimiento.
En dicha solicitud formal se expresa que se ha recibido del centro la información sobre el procedimiento a seguir, señala su conformidad y se compromete a proporcionar la medicación que ha establecido el médico y a revisar fechas de caducidad.
Si el director considera que puede llevarse a cabo, dará su autorización y aceptación y se lo comunicará al interesado (Anexo VI). Si considera que no es posible, elevará la solicitud al Servicio Provincial.
A todo el personal docente se le considera implícita la capacidad de administrar los medicamentos o cuidados que el médico establezca. Si algún docente se muestra reticente, debe manifestárselo al director, el cual puede requerir de los servicios sanitarios.

3.3. ORGANIZACIÓN DE LA ADMINSITRACIÓN DE MEDICAMENTOS.

El director organizará la administración de medicamentos en colaboración de todos los profesionales del centro.
De cada alumno habrá una ficha individual para la administración de cada medicamento (si hay 2 medicamentos, 2 fichas)  (Anexo VIII) donde se recoge: información del alumno, del medicamento, administración, familia del alumno y médico de referencia
El centro dispondrá de un libro de registro (Anexo VII) de los alumnos que requieren medicación o cuidados sanitarios.  Dicho libro puede ser informatizado y con datos históricos y permitirá conocer los alumnos actuales necesitados de atención.
En el horario de extraescolares se encargará un profesional del servicio de  extraescolares apoyado por otro, para evitar errores.
En el centro existirá el Plan de administración de medicamentos y otros cuidados, incluido en el Reglamento de Régimen Interior.


4. ATENCIÓN DE ALUMNOS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA PREVISIBLE

Una emergencia sanitaria previsible es una situación de salud repentina que conlleva un alto riesgo para la vida. Es previsible que se produzca, pero no sabemos ni cuándo ni dónde.
Las más comunes son: ataque asmático, reacción alérgica grave, hipoglucemia, convulsiones.
Los padres informarán al director al inicio del curso la posibilidad de que se produzca alguna de ellas, la dirección tendrá una reunión con el interesado  para recoger información y documentación.
El centro organizará un equipo capacitado para atender las urgencias, en caso contrario se coordinará con el médico.
El centro dispondrá de fichas de registro donde se reflejará la prescripción médica, una copia para cada profesional que vaya a estar con el alumno.
Los padres podrán solicitar al médico la ficha de referencia para ser entregada al centro escolar.



5. ATENCIÓN DE EMERGENCIAS O URGENCIAS NO PREVISTAS. PRIMEROS AUXILIOS.

5.1. EMERGENCIAS MÁS FRECUENTES:
Pérdida de conocimiento, heridas y hemorragias, dificultad respiratoria, dolor intenso en el pecho, convulsiones, electrocución, quemaduras, asfixia  por inmersión, ahogamiento o atragantamiento, caídas, accidentes de tráfico, intoxicaciones.
Ante una emergencia hay una obligación de socorro y los docentes están obligados a intervenir, o pedir ayuda.
Ante una emergencia individual hay que atender de inmediato, contactar con servicios de emergencia, proporcionarles los datos necesarios y seguir sus indicaciones.
Si es emergencia colectiva directamente llamar a servicios de emergencia. Es conveniente establecer un plan de intervención delimitando a los responsables, por ejemplo, los simulacros de incendio.
En los casos de emergencia en el que se pueda mover el alumno, se valorara si se puede esperar a los servicios de emergencia o llevarlo al centro de salud más cercano.

5.2. URGENCIAS
A diferencia de las emergencias, la urgencia no entraña riesgo para la vida pero requiere una atención rápida y atención médica entre 1 y 3 horas.
Urgencias mas frecuentes: pequeños cortes y heridas, magulladuras, esguinces, fracturas, picaduras y mordeduras, trastorno gastrointestinal, dolor de cabeza, intoxicaciones 
A principio de curso se informará a los profesionales del centro sobre la ubicación del botiquín y la guía de primeros auxilios.
Ante una urgencia el docente que esté presente se hará cargo de la primera atención y primera cura, ante cualquier duda llamar al médico.


6. ALERTAS EPIDEMIOLÓGICAS SANITARIAS.
Se considera brote o situación epidémica al incremento de casos en relación a los valores esperados.
Si se produce esta situación en algún centro, los directores tienen la obligación de notificar, ante la sola sospecha y urgentemente a la Subdirección Provincial de Salud Pública en horario laboral  o al sistema de Atención de Alertas en Salud Publica mediante el 112. Los centros prestarán colaboración en las medidas de investigación.


7. FORMACIÓN Y SIMULACROS.
La formación es un derecho y un deber de los docentes. Sería conveniente programar cada año alguna sesión de formación incluyendo simulacro de atención de urgencia o emergencia según el Reglamento de Régimen Interior.





ANEXO I  CONTENIDO DE UN BOTIQUÍN BÁSICO

Utensilios:
Tijeras y pinzas de acero inoxidable
Termómetro digital
Guantes quirúrgicos desechables
Bolsa de hielo

Material fungible:
Apósitos adhesivos
Parches y tiritas, algodón
Esparadrapo ancho de tela
Suero fisiológico (100 ml) y ampollas de suero
Desinfectante en spray
Vendas, gasas estériles
Agua oxigenada
Tabletas de glucosa
Tiras adhesivas de para aproximar pequeñas heridas
Toallas antisépticas para limpiar y desinfectar 



ANEXO II  CONTENIDO DE UN BOTIQUÍN AMPLIADO

Utensilios:
Tensiómetro electrónico
Bolsas de frío y calor instantáneo
Manta térmica
Cánula de Guedel de diferentes tamaños, Nº 3 entre 2 y 5 años, Nº 4 de 5 a 8 años Nº5 a partir de 8-9 años.

Material fungible:
Venda elástica
Venda adhesiva
Apósitos con pomada para quemaduras
Medicación:
Analgésico general (paracetamol)
Corticoide inyectable
Analgésico inyectable
Antiinflamatorio tópico
Antitérmico (paracetamol o ibuprofeno)
Jeringas estériles de 1 y 5 cc.
Gel para quemaduras
Suero fisiológico
Adrenalina precargada (uso exclusivo personal sanitario o por prescripción del médico de urgencias)
Glucagon


ANEXO XII
TELÉFONOS DE EMERGENCIA
Este anexo es un listado de los siguientes teléfonos:
Emergencias en general (112), salud Aragón (061), emergencias toxicológicas, bomberos, centro de salud, otros teléfonos.












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